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Sistema de Certificación de Biocarburantes 2021

INFORMACIÓN SOBRE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTRUCCIONES DEL SISTEMA DE CERTIFICACIÓN DE BIOCARBURANTES Y OTROS COMBUSTIBLES RENOVABLES CON FINES DE TRANSPORTE (SICBIOS) PARA EL EJERCICIO DE CERTIFICACIÓN 2021

En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda y en la disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2013, de 4 de Junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, correspondía a dicha Comisión (CNMC) el desempeño de estas funciones como Entidad de Certificación de Biocarburantes hasta el 1 de enero de 2021, momento en que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico comenzó a ejercer de forma efectiva dicha función, conforme a lo establecido en la disposición transitoria sexta del Real Decreto 500/2020, de 28 de Abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Mediante esta resolución se aprueban las nuevas instrucciones de SICBIOS para el ejercicio de certificación de 2021 al objeto de incorporar los ajustes necesarios sobre las anteriores con el fin de adaptarlas tanto a las nuevas competencias, como a las novedades previstas en el Real Decreto 1085/2015, de 4 de julio, de fomento de los Biocarburantes (en adelante Real Decreto 1085/2015), de acuerdo con la modificación efectuada por el Real Decreto 205/2021, de 30 de Marzo, para dicho ejercicio.
En particular, se establecen los requisitos que los sujetos obligados deberán cumplir para acreditar ante la Entidad de Certificación, lo establecido en el apartado 3 del artículo 2 del Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes, en el cual se determina que, para el cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes generados el porcentaje de biocarburantes y biogás producidos se limita a 1,7 por ciento en contenido energético sobre el total de la gasolina o gasóleo vendidos o consumidos con fines de transporte, incluyendo los biocarburantes.

SICBIOS es la plataforma informática a través de la cual los sujetos obligados a vender o consumir biocarburantes y los sujetos obligados a aportar información de verificación deben formalizar sus solicitudes.

Desde Madel Asesores informamos a todos los sujetos obligados que hoy 21 de Octubre de 2021 se ha abierto el plazo de presentación para la Certificación de los Biocarburantes de 2021, especificando que la información de verificación correspondiente a los meses de enero hasta el mes de octubre 2021, deben ir desagregadas para cada uno de dichos meses y con la obligatoriedad de remitirse antes del 30 de Noviembre de 2021. Asimismo se especifica claramente el límite del 7,2% para los biocarburantes de primera generación… y se denegará si el sujeto obligado presentara una solicitud que implicara exceder este límite, conforme al apartado decimo.6 de la circular5/2020 o norma futura que la sustituya.

Os recordamos los datos de contacto:

El acceso al portal SICBIOS es: https://sicbios.serviciosmin.gob.es/sicbios3/
El Buzón de consultas es: bzn-sicbios@miteco.es Teléfono de contacto es: 91 349 74 41
Desde MADEL ASESORES quedamos a su disposición para cualquier duda o consulta que os pueda surgir, ante la normativa en cumplimiento de obligaciones ante la CNMC y el SISTEMA DE VERIFICACIÓN DE BIOCARBURANTES.

www.madelasesores.com